El plan de igualdad para empresas de 150 trabajadores ya es obligatorio

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Esta semana termina el plazo para implantar el Plan de Igualdad para empresas de más de 150 trabajadores, que de no hacerlo, se enfrentan a multas de hasta 187.000 €.

El 7 de marzo, es decir, mañana termina el plazo que tenían las empresas de entre 150 y 250 trabajadores para implantar su propio Plan de Igualdad, concedido por el Decreto de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Las empresas con más de 250 trabajadores tenían ya esta obligación desde el año 2007, año en el que se publicó la Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Ambas normas pretenden fomentar en las empresas procesos y políticas igualitarias que contribuyan a erradicar realidades como la ocupación de altos cargos por hombres mayoritariamente o la brecha salarial.

Qué empresas deben tener un plan de igualdad

El próximo año 2021 esta medida será también obligatoria para las empresas con más de 100 profesionales en plantilla y para 2020 las que alcancen los 50 trabajadores/as. Así, de forma paulatina, todas las organizaciones iniciarán un proceso de revisión y reflexión sobre procesos internos que les permitirá mejorar la gestión de recursos humanos y detectar nuevas oportunidades para mejorar el clima laboral, la motivación y con ello la productividad, pero, sobre todo, para garantizar un trato igualitario a todas las personas que trabajan en su organización, independientemente de su sexo.

Fases del plan de igualdad para empresas con más de 150 trabajadores/as

Si tu empresa tiene más de 150 profesionales en su equipo y todavía no has iniciado la creación de tu plan de igualdad no te preocupes. En Quick Up te ayudamos a poner en marcha cuanto antes el proceso de creación de tu propia estrategia de igualdad a través de las siguientes fases:

  • Establecimiento de la comisión de igualdad.
  • Diagnóstico de situación.
  • Negociación, elaboración y aplicación del plan de Igualdad.
  • Inscripción en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas.

Sanciones por no disponer o inclumplir el Plan de Igualdad

Las empresas que no dispongan de plan de igualdad o no apliquen sus medidas incurrirán en sanciones muy graves que pueden conllevar multas de entre 6.000 y 187.000 €.

Cuestiones sobre el plan de igualdad

A lo largo del camino de creación de un plan de igualdad pueden surgir muchas dudas. Por ejemplo:

  • ¿Y si la empresa tiene una plantilla muy variable y solo supera los 150 trabajadores en determinadas épocas del año?
  • ¿Cómo tener en cuenta a los profesionales de las empresas de trabajo temporal? ¿Y a los de subcontratas?
  • ¿Cómo realizar la auditoría salarial?
  • ¿Existe algún modelo de plan de igualdad?
  • ¿Quién y cómo ha de registrar el plan?

La negociación y la aplicación del plan ha de implicar a representantes de todos los trabajadores y trabajadoras de la empresa. Ha de ser algo consensuado. Para llevar a cabo estas y las demás fases, lo mejor es contar con servicios de consultoría y asesoramiento de empresas que desarrollen planes de igualdad como es Quick Up.

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